El fallo del Tribunal Superior Electoral lleva incertidumbre al PRM

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SANTO DOMINGO. El fallo a favor del amparo sometido por el aspirante a la candidatura a alcalde del Distrito Nacional, Rafael Suberví Bonilla, le crea incertidumbre al Partido Revolucionario Moderno (PRM) en la principal plaza electoral del país.

Este fallo, a su vez, plantea que podrían repetirse otros sometimientos de aspirantes que consideren que se le violentaron sus derechos de elegir y ser elegidos, mediante la aplicación de encuestas.

“En cuanto al fondo, acoge parcialmente, la presente acción de amparo, incoada por el Dr. Rafael Antonio Suberví Bonilla, en razón de que este Tribunal ha comprobado la violación al derecho fundamental de elegir y ser elegible del accionante, previsto en el artículo 22 de la Constitución de la República, en virtud de que su escogencia como candidato a la Alcaldía del Distrito Nacional por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) fue realizada conforme a lo previsto en los estatutos del indicado partido, según el párrafo IV del artículo 54, párrafo II del artículo 55 y el artículo 103; en consecuencia, ordena al Partido Revolucionario Moderno (PRM) continuar con el procedimiento establecido en sus estatutos a tales fines”, indica la sentencia.

El PRM ha venido eligiendo a sus candidatos a alcaldes mediante la modalidad de las encuestas, las que fueron ganadas por David Collado en el caso del Distrito Nacional.

En la audiencia

Durante el proceso, los jueces fusionaron la solicitud de medida cautelar y la acción de amparo, elevadas por los abogados de Suberví Bonilla a los fines de que ambos recursos se conocieran juntos.

En la audiencia, la parte demandante, a cargo de los abogados José Juan Zapata, Ernesto Mateo Cuevas, Freddy R. Mateo Calderón, y Neufris Yovannis Pérez Vólquez, solicitó que se declaren buenos y válidos los recursos elevados en contra el PRM.

Además, que se ordene abstenerse de celebrar encuestas, y proclamar a Suberví candidato a alcalde.

De su lado, la parte accionada, representada por los abogados Enrique García, Julio Peña, Andrés Astacio, José Perdomo y Luis Soto, pidieron que se declaren inadmisibles los recursos por improcedentes, y aseguraron que los procedimientos del PRM se ajustaron a los mandatos de los estatutos.

Previo a los magistrados cerrar los debates, Suberví Bonilla solicitó hacer uso de la palabra, pero la parte accionada se opuso.

Comisión organizadora

Los candidatos que han sido presentados por la Comisión Organizadora de la Convención (CNO) del PRM presentó la segunda lectura de los resultados de las encuestas aplicadas para escoger los candidatos a senadores, diputados y alcaldes en distintas demarcaciones electorales del país.

Dicha lectura fue realizada por Milagros Ortiz, presidenta de la CNO, apoyada por los demás miembros de la misma. En representación de la Dirección Ejecutiva de la organización estuvieron la doctora Geanilda Vásquez en Luis Crousette, Rafael Montilla.

Los sobres estuvieron sellados, y luego abiertos en presencia de los interesados, sin que antes fueran conocidos por ningún miembro de las autoridades.

Según una nota de la Dirección de Comunicaciones del PRM, los favorecidos a senadores fueron senadores por las provincias Dajabón y Elías Piña fueron Jesús María Feliz Jiménez y Miguel Valenzuela respectivamente.