El Consejo Superior del Ministerio Público

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Por: Jonathan Baro

Distrito Nacional. El Consejo Superior del Ministerio Público es el órgano de gobierno interno; dentro de las funciones principales que la #ConstitucionRD le atribuye, se destacan: la dirección del sistema de carrera; el control disciplinario de funcionarios y empleados; la administración financiera-presupuestaria; y la gestión administrativa del Ministerio Público.

Quienes conformen este Consejo, deben solicitar licencia tan pronto como tomen juramento, para garantizar durante el trienio por el que fueron elegidos, un adecuado ejercicio de la misión constitucional, tal como lo acuerda el artículo 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

La función del Consejero/a debe ser de dedicación exclusiva, dada la sensibilidad que comporta cada una de las tareas que la LOMP y la #ConstituciónRD le ha atribuido; no puede permitirse distracciones en la gestión administrativa y organizacional del más importante órgano del Sistema de Justicia.

Votando por mí y por las propuestas que represento, el 12 de diciembre 2020; me tendrás dedicado en forma absoluta a las labores de Consejero, porque presentaré mi licencia respecto de la posición de Titular de la Procuraduría Regional de San Cristóbal.

¡¡Vota por mí, acompáñanos!!

BaroCSMP