Restricciones migratorias siguen violando el estado de Derecho

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A las oficinas de la Dirección General de Migración en el Aeropuerto Internacional de las Américas no ha llegado ninguna orden para que se eliminen las alertas migratorias.

Pese a ser consideradas reales impedimentos de salida en violación al debido proceso, continúan imponiéndose con un poder sobrenatural de procedencia desconocida.

 

El pasado 28 de junio, la procuradora general de la República y máxima representante del Ministerio Público, Miriam Germán, ordenó que fueran dejadas sin efecto.

 

En la práctica, sin embargo, continúan activas a menos que el ciudadano presente a los inspectores una certificación de la Dirección General de Migración que establezca por escrito que en el sistema de control migratorio no existe impedimento de salida y/o alerta migratoria alguna en su contra.

Colocadas con la finalidad de tener conocimiento de los movimientos migratorios de personas bajo investigación, las alertas migratorias son ejecutadas a requerimiento del Ministerio Público, el Departamento Nacional de Investigaciones, la Dirección General de Migración y el Poder Judicial.

Su puesta en práctica constituye una violación al artículo 40 de la Constitución de la República que establece que: “Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal”, y que por lo tanto, “las medidas de coerción, restrictivas de la libertad personal, tienen carácter excepcional y su aplicación debe ser proporcional al peligro que tratan de resguardar”.

Asimismo, el artículo 46 de la Constitución dispone que toda persona que se encuentre en el territorio nacional tiene derecho a transitar, residir y salir libremente del mismo, de conformidad con las disposiciones legales.